Cómo quedó la escala de empleo doméstico en agosto 2024

Se publicaron los valores que van desde el 1° de julio y el 1° de agosto, con ajustes del 8,5% y del 4% respectivamente.

l Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial cómo quedarán los salarios del personal de servicio doméstico desde el 1° de julio y el 1° de agosto de este año, después de los ajustes que se definieron del 8,5% y 4% respectivamente. El segundo porcentaje se aplicará de manera acumulativa, y para el primero se tendrán en cuenta los valores vigentes en mayo y junio (para el sexto mes del año no se dispusieron modificaciones).

Al tratarse de aumentos con efecto retroactivo, los empleadores que pagaron ya durante julio por las tareas de ese mes y no habían aplicado suba alguna o abonaron montos que quedaron por debajo de los nuevos básicos (que aún no fueron oficializados por el Gobierno), deberán hacer un reajuste y abonar las diferencias correspondientes.

Remuneraciones a partir del 1° de julio de 2024

Supervisor/a: Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.

Personal con retiro Hora: $3038. Mensual: $379.071.

Personal sin retiro Hora: $3328. Mensual: $422.242.

Personal para tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo

Personal con retiro Hora: $2876. Mensual: $352.178.

Personal sin retiro Hora: $3154. Mensual: $392.034.

Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.

Hora: $2717. Mensual: $343.606.

Asistencia y cuidado de personas: Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores

Personal con retiro Hora: $2717. Mensual: $343.606.

Personal sin retiro Hora: $3038. Mensual: $382.913.

Personal para tareas generales: Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

Personal con retiro Hora: $2519. Mensual: $309.001.

Personal sin retiro Hora: $2717. Mensual: $343.606.

El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad Shutterstock

Remuneraciones a partir del 1° de agosto de 2024

Supervisor/a: Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.

Personal con retiro Hora: $3160. Mensual: $394.234.

Personal sin retiro Hora: $3461. Mensual: $439.131.

Personal para tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.

Personal con retiro Hora: $2992. Mensual: $366.265.

Personal sin retiro Hora: $3280. Mensual: $407.715.

Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.

Hora: $2826. Mensual: $357.350.

Asistencia y cuidado de personas: Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.

Personal con retiro Hora: $2826. Mensual: $357.350.

Personal sin retiro Hora: $3160. Mensual: $398.229.

Personal para tareas generales: Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

Personal con retiro Hora: $2620. Mensual: $321.361.

Personal sin retiro Hora: $2826. Mensual: $357.350.

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en ciertas provincias
Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en ciertas provincias Shutterstock

El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

Adicional por zona desfavorable: se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

La Nación

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