Desregulación del transporte: cuáles son los cambios que operan desde hoy
La medida fue oficializada en el Boletín Oficial y rige desde este lunes.
El decreto menciona que «se podrán establecer libremente los recorridos, vehículos, horarios, precios, duración de los servicios, e incluso los puntos de ascenso y descenso de pasajeros que estén autorizados por la jurisdicción local respectiva, lo que generará una mayor oferta de servicios y competencia de precios que beneficiará tanto al usuario como a las empresas y transportistas«.
Según informó hoy la Secretaría de Transporte de la Nación, además «tendrán que informar la capacidad de transporte, detallando cantidad y tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir de los mismos, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje».
En este punto entra en vigencia el Registro Nacional del Transporte de pasajeros, organismo mediante el cual se deberán informar y ofrecer al público los servicios disponibles.
«Las empresas y transportistas que ya estaban registradas no tendrán que hacerlo nuevamente. Sí deberán registrarse las nuevas que, una vez inscriptas, obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de 5 días post inscripción, aplicando de esta forma la nueva metodología de “Silencio Positivo” ya implementada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado» aclararon desde la Secretaría de Transporte.
En cuanto a los plazos, adelantaron desde el Gobierno que «la autoridad de aplicación de esta medida será la Secretaría de Transporte de la Nación del Ministerio de Economía y comenzará a implementarse en 60 días, cuando se realicen las actualizaciones tecnológicas necesarias».