Intimaron a empleados públicos que reúnan las condiciones a iniciar los trámites para jubilarse
El documento, publicado este miércoles en el Boletín Oficial otorga a las entidades incluidas en la normativa un plazo de 30 días hábiles para llevar a cabo esa diligencia.
La normativa del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado instruyó a “los titulares de las entidades comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias”, a llevar a cabo aquella diligencia “en un plazo no mayor a 30 días hábiles”.
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