La Corte ordenó que Cristina Kirchner debe ir a juicio por el Pacto con Irán que había denunciado Nisman
A pocas semanas de que se modifique su conformación, cuando el ministro Juan Carlos Maqueda cumpla los 75 años, la Corte Suprema firmó dos fallos vinculados a causas que tienen como principal acusada a Cristina Kirchner.
La primera de las decisiones responde a la causa conocida como Pacto con Irán. Este expediente representa el juicio de mayor trascendencia internacional contra la ex vicepresidenta.
En este debate, que debe realizarse después del fallo de la Sala I de la Casación Federal de reabrir el caso, ahora ratificado por la Corte, se juzgará el supuesto intento de encubrir a los cinco imputados iraníes acusados de como autores intelectuales del atentado a la AMIA a través de la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán, hecho que denunció en el 2015 el fallecido fiscal Alberto Nisman. El atentado fue perpetrado en julio de 1994 por un comando de la Jihad islámica del Hezbollah, y causó la muerte de 85 personas.
La causa fue elevada a juicio oral en 2018 y, radicada en el Tribunal Oral Federal 8 (TOF 8), no tuvo grandes avances hasta el 7 de octubre de 2021, cuando firmó el sobreseimiento de la vice y los demás acusados al considerar que había elementos nuevos que se incorporaban al caso y que beneficiaban a Cristina: la aparición de prueba nueva es una de las excepciones que el Código Procesal Penal contempla para anular un caso y no realizar el juicio, la tarea por naturaleza de los Tribunales Orales.
Ese criterio fue revertido por la Sala I del máximo tribunal penal, que ordenó la reapertura del expediente y el sorteo de un nuevo Tribunal, apartando a los jueces Daniel Obligado, José Michilini y la jueza Gabriela López Íñiguez, que había firmado el cuestionado sobreseimiento.
Cristina y los demás acusados acudieron a la Corte para revertir ese planteo y así evitar el juicio oral y público. Fueron justamente esos recursos los que fueron rechazados este jueves, dejando firme la decisión de la Casación de que todos deberán comparecer ante un Tribunal.
La Corte consideró que el de Cristina era un recurso inadmisible, ya que lo que se apelaba no es una sentencia definitiva. Con el voto conjunto de Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda y los votos concurrentes de Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó el planteo por unanimidad.
Clarín