Oficializaron el aumento para la Policía de Mendoza: el sueldo rondará el millón y hay blanqueo de ítems

El Boletín Oficial de Mendoza publica este viernes el aumento y otros incentivos que tendrá la fuerza de seguridad de la provincia.

La novedad fue compartida por la ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus en sus perfiles de redes sociales.

El aumento que recibirán los policías será de 28,74 por ciento, escalonado, en promedio, desde diciembre de 2024.

Para el mes de marzo de 2025, el incremento será del siete por ciento (7%); para el mes de abril de 2025 del dos coma cinco por ciento (2,5%); para el mes de mayo de 2025 del dos por ciento (2%) y para el mes de junio de 2025 un incremento del uno coma cinco por ciento (1,5%); todos sobre la nueva Asignación de la Clase del Jefe de las Policías con incorporación del cien por ciento (100%) de los Ítems 1203, 2628 y 3274 vigentes al mes de febrero de 2025, estos porcentajes son no acumulativos.

El decreto aplica la modificación de la Asignación de Clase del Jefe de las Policías respetando las proporcionalidades de la escala salarial vigente.

También otorga un incremento sobre el Adicional General por Función Fuerzas de Seguridad (Ítem 1629), tanto para el Personal Policial comprendido en la Ley Nº 6722, como para el Personal Penitenciario comprendido en la Ley Nº 7493 y sus correspondientes modificatorias y reglamentarias, el que a partir del mes de marzo de 2025 pasará del veinte por ciento (20%) al treinta y siete por ciento (37%). Sólo se modifica el porcentaje del ítem sin modificar su forma de cálculo, naturaleza o carácter del mismo.

Otro de los ítems es el que dispone que a partir del 1 de abril, el valor del período del Servicio Extraordinario, evaluado como de Bajo Riesgo, previsto en el Artículo 10 de la Ley Nº 7120, pasará a ser el siete coma ocho por ciento (7,8%) sobre la asignación de la clase del cargo del Jefe de las Policías de la Provincia, según se establezca en los aumento salarial determinado para el personal policial. Sobre tal valor se computarán los valores previstos en el segundo párrafo del Artículo 10 de la Ley Nº 7120 y los previstos en el Artículo 17 de la misma norma legal.

Ingr4esar aquí para acceder al texto del Boletín Oficial.

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